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Aviso de Hacienda y los exportadores

Víctor L. Rodríguez El conocimiento en la materia tributaria no se adquiere de forma espontánea ni por el ejercicio secular de una función pública como aquellas que se tienen en tan alta estima que el sólo hecho de ejercerla supone conocer de todas las cosas, tanto de las que se saben en todo el orbe como de las que se ignoran. Tampoco se adquiere por ser en la vida práctico, acogido a las realidades o a los hechos como Thomas Gradgrind, el personaje de “Tiempos Difíciles”, de Charles Dickens.   En la boca de los que Luigi Einaudi llama amante de la práctica la palabra teórico, que en el ámbito académico es un elogio, es un tratamiento despectivo para designar aquellos que no resuelven en termino de hacer lo que sea. Tales prácticos pululan en la Administración Pública descalificando a los otros por el hecho de estudiar una materia cuyo conocimiento ellos obtuvieron por osmosis en la búsqueda de una alquimia que todo lo convierte en yipeta, pero que da poco tiempo para detenerse ...

ITBIS y las exenciones

Víctor L. Rodríguez                                                Las exenciones son parte de la estructura tributaria. Hay exenciones porque estas se conciben como parte del sistema en función de los objetivos de política económica. Si no se quieren las exenciones hay que cambiar los objetivos o los instrumento para lograrlos.   En el caso del Impuestos a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) hay exenciones porque es de manual de finanzas públicas que los impuestos generales al consumo son regresivos con relación al ingreso, porque el aporte que hace la viuda de que lo que tiene para su sustento es más significativo en función de su ingresos que el aporte que hacen otros de lo que le sobra, aunque paguen las mismas propo...

La DGII no tiene facultades para aplicar la sanción de clausura de locales o establecimientos

Víctor L. Rodríguez En los regímenes sancionatorios relacionados con los tributos comúnmente se incluye la clausura para sancionar los incumplimientos de las obligaciones tributarias formales. El concepto de clausura significa encierro, pero en el caso de las sanciones por infracciones tributarias la acepción que se toma es la que lo define como “cerrar por orden de la autoridad”. Clausurar es sinónimo de cierre. Clausura es cerrar, inhabilitar de forma temporal o permanente para el desarrollo de una actividad comercial o de la prestación comercial de servicios en un local o establecimiento. La clausura aparece siete veces en el Título I del Código Tributario. Se encuentra en el artículo 210, cuando se habla de la responsabilidad de los mandatarios, representantes, administradores o encargados por las infracciones en que incurriera la entidad a administrada, representada o a cargo, sin perjuicio de las sanciones no privativas de libertad que recaen sobre la entidad misma como e...

Simplificación del régimen tributario simplificando las normas.

Víctor L. Rodríguez La simplificación en el campo de los tributos se puede observar considerando la estructura tributaria, si ésta implica un sistema de los impuestos complejo habrá mayores costos de cumplimiento y de administración, pero la complejidad del sistema a veces es difícil de eliminar. Hay pocas cosas simples en el cumplimiento tributario. Hay complicaciones que se pueden evitar y estas normalmente empiezan por el hecho de que los funcionarios de la Administración Tributaria desconozcan el régimen tributario o las disposiciones   de las leyes tributarias. Habitualmente esto va unido a un limitado conocimiento del derecho tributario como disciplina con dogmática propia. La función pública en el campo de los tributos muchas veces se ocupa asumiendo el proverbio turco que dice: “Si Alá te da la autoridad también te dará la inteligencia necesaria para que sepa mandar”. Regularmente cada funcionario del área del derecho de los impuestos es una especie de autarquí...

El factor humano en la gestión de los tributos.

Víctor L. Rodriguez El despido o desvincular laboralmente a las personas de las instituciones públicas no es un método Administrativo ni un objetivo gerencial per se, pocos resultados se obtuvieron en la práctica con las teorías de la reestructuración empresarial que racionalizó y justificó el despido de miles de decenas de empleados de las empresas y las instituciones públicas.     En el 1996, a solo tres años del inicio de la ola de la reingeniería o reestructuración y de la publicación del libro « Reeingineering the Corporation: A Manifesto for Business Revolution » , Michael Hammer, uno de sus autores, y cofundador del movimiento junto con James Champy, reconoció los defectos de la reingeniería, y Joseph B. White, del Wall Street Journal , escribió un artículo con el título: « ¿Se le habrá ido la mano? » . El artículo de Joseph B. White destacaba la intervención de un directivo de empresas en un evento donde se trataba el tema de la reingeniería. Este directivo,...

Recursos humanos y financieros en la administración tributaria

Víctor L. Rodríguez La Administración Tributaria constituye un elemento crucial al momento de la aplicación de la política tributaria y en las posibilidades de obtener recursos para financiar el gasto público y asignar recursos de modo suficiente para proveer a la sociedad de bienes y servicios públicos, pero las administraciones tributarias como tales, en países como el nuestro, tienen importantes restricciones que precisamente empiezan por la limitación de los recursos. Esto no se comprende a pesar de ser reiteradamente señalado. Milka Casanegra de Jantscher y Richard M. Bird, en un trabajo sobre “La Reforma de la Administración Tributaria”, dicen: “A pesar del elevado beneficio potencial en términos de incremento en las recaudaciones, para la Administración Tributaria casi siempre es difícil, por no decir imposible, obtener más personal, pagar más sueldos que atraigan (y retengan) a los funcionarios altamente calificados e, incluso, cubrir necesidades materiales básicas como ...

La ausencia de Hacienda Pública en el debate sobre los tributos

Víctor L. Rodríguez Después que se apagó el tema del Pacto Fiscal la cuestión de los impuestos surge de nuevo y de forma inédita y extraña a otros países. Los dominicanos con respecto a los impuestos tenemos particularidades que causarían asombro en una sociedad distinta a la nuestra. Cualquier director de un órgano de la Administración tributaria en este país es una celebridad que contrasta con la ignorancia  común de los ciudadanos de países desarrollados sobre quién es el encargado en termino generales del cobro de los impuestos. Como los impuestos son un asunto de política económica, y particularmente de la política fiscal, a quien se suele ver y escuchar en esos países es al Ministro de Hacienda y escasamente se habla de quien cobra los impuestos. Pero aquí pocos ministros de hacienda, antes o en el presente, se dan cuenta de que los impuestos es su tema. La gestión de un ministro de hacienda lleno de buenos y mejores atributos personales se afianza cons...