Haciendo lectura de lo que hoy se dice resulta que para el
crecimiento económico es necesario el gasto público, el gasto de capital. Así
como se dice no todo se reduce a la iniciativa privada, pues con la denominada
inversión pública, a través de la asignación de recursos, se construyen infraestructuras
o se producen bienes públicos como aquellos a los que no se le puede asignar un
valor de mercado.
La inversión pública puede ser real o financiera. Existiendo
esta última cuando a través del gasto público se adquieren bienes que ya
existen en la economía, lo que sucede cuando se compra un edificio. La
inversión real se observa cuando se producen o construyen bienes que no existen
en la economía como la construcción de una presa, una carretera o un edificio
nuevo para un recinto escolar.
Nadie se puede imaginar un mundo sin vías públicas para transportar
los bienes que produce el sector privado o sin la provisión de agua para la
agricultura y fundamentalmente para consumo humano. También sin el alumbrado
eléctrico público, sin servicio de salud para toda la población, sin un
servicio de educación pública etc. Eso determina que sea necesario el gasto
público y como consecuencia los impuestos.
Los impuestos como tributos o prestaciones que exige el
Estado para financiar el gasto público se enmarcan en la formulación de la
política tributaria, como política instrumental que es parte de la política
fiscal que determina la distribución social o sectorial de la carga tributaria.
Considerándolo así, el diseño de la política tributaria o de la política fiscal
no es un acto de vedetismo y oportunismo para la promoción profesional de quien
la diseña ni para acoger las veleidades tributarias de los amigos que nos
pueden enganchar en un organismo internacional. Tampoco para formular a la
carta la política tributaria que piden aquellos a los que se ha servido o se
sirve en prácticas corruptas desde las funciones desempeñadas en el sector
público.
El diseño de la política tributaria es un acto en el que hay
que pensar en la justicia sin menoscabo de la eficiencia del sistema
tributario. En la distribución de la carga tributaria se debe atender el
principio de equidad para construir una sociedad más justa. También está el
principio de la capacidad contributiva, Cumplir con estos principios es una
exigencia de la Constitución.
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