Ir al contenido principal

Una reforma tributaria


Víctor L. Rodríguez


Se habla y se vuelve hablar de una reforma tributaria sin nada concreto. Más bien se habla de reforma fiscal, para incluir el gasto, pero éste es un asunto de filosofía. Se gastará más o menos partiendo de las funciones que consideramos debe desempeñar el Estado. Si las funciones son pocas el nivel del gasto será bajo y su composición o estructura se referirán a fines austeros, y la educación pública será escasa y la salud también. La alternativa para proveerla será el mercado y salud tendrán los que pueden proporcionársela y educación alcanzaran los que puedan comprarla en los colegios.

El tema no es la justicia, sino la asignación de recursos, y considerando que las fallas del Estado son muchas se entiende que las del mercado son eludibles sin son comparadas o por lo menos son pocas y los impuestos se piensan en término de la simplicidad, la vocación recaudatoria y tasas más bajas para los que son ricos. 

Entonces no se busca la equidad, sino sustraer dinero de donde se pueda menos, no de los que tienen y la reforma tributaria así se vuelve una caricatura que sólo se piensa en abstracto y nadie acude al análisis de cada impuesto como instrumento para proveer de recurso al Estado. Todo se vuelve consignas y frases que no son célebre, pero que se repiten. Todo parece un rosario o un mantra donde sólo se habla del gasto tributario para eliminar las exenciones del ITBIS y hacer un sistema tributario más simple y obtener de ahí las recaudaciones sin pensar que cuando se habla de este gasto las estimaciones pueden ser falsas y que un concepto lato de gasto tributario incluye muchos que son propios del sistema para conseguir justicia o parte del diseño propio del régimen tributario afectado, de cual depende su existencia.

Así contada la historia la significación de la reforma tributaria dependerá del sentido que se le atribuye o más bien del que resulte de la lucha de intereses. Teóricamente una reforma tributaria consiste en una renovación suficientemente profunda de los tributos para eliminar defectos en los impuestos vigentes. Vistas así las cosas, lo que se habla sobre una reforma tributaria es pluma de burro, pues nadie se refiere a aspectos concretos de los tributos, que sería referirse a la estructura tributaria y poco se discute sobre una administración tributaria que habla de simplificación y lo complica todo.

Nadie debe olvidar el aspecto humano de las finanzas públicas, que el tema no es sólo cálculo en escenarios y modelos, de estimaciones y de donde se consigue el dinero. Como lo demostró perseguir asalariados con cierta saña. Además de los problemas de diseño que tiene los instrumentos tributarios del sistema y las acciones que definen políticas tributarias desde la administración de los impuestos hay otros factores a considerar.

Se debe considerar redefinir el papel del ministerio de Hacienda y su función en la aplicación de la política tributaria para que no sólo se elimine el gasto tributario donde corresponda, sino para evitar que alguien, como siempre sucede, al margen de las políticas tributaria y sus directrices se lo ocurra que hay que hacer una nueva ley de incentivos sin que Hacienda se entere, después de definidos los objetivos de la política económica y el papel de los tributos. Debe tener Hacienda un personal capaz en el tema de los tributos para no concluir después de los cambios en una estructura tributaria mostrenca y después pedir cambios para repetirla otra vez en el tiempo con el mismo resultado, que es el de nuestra historia, donde siempre es baja la presión tributaria.

Comentarios

Entradas más populares de este blog

Los problemas de la determinación de las ganancias de capital

 Víctor L. Rodríguez El Código Tributario grava la ganancia de capital como incrementos de patrimonio realizado. El concepto de renta del artículo 268, de dicho código, incluye los incrementos de patrimonio realizados, que es una forma de definir las ganancias de capital, pero en el idioma castellano. El concepto ganancia de capital es una traducción de términos que vienen del idioma inglés, que significan lo mismo que incrementos de patrimonio, que pueden ser realizado o no. En caso del impuesto sobre la renta de la República Dominicana sólo se gravan los incrementos de patrimonios realizados. Las ganancias de capital están gravadas porque entra en el concepto de renta definido en el artículo 268 citado, cualquier renta excluida de este concepto queda fuera del ámbito de aplicación del impuesto sobre la renta. El término realizado, que funciona como calificativo del concepto incrementos de patrimonio, no significa, en el contexto de Código Tributario, hecho o acabado. Tampoco...

Recursos humanos y financieros en la administración tributaria

Víctor L. Rodríguez La Administración Tributaria constituye un elemento crucial al momento de la aplicación de la política tributaria y en las posibilidades de obtener recursos para financiar el gasto público y asignar recursos de modo suficiente para proveer a la sociedad de bienes y servicios públicos, pero las administraciones tributarias como tales, en países como el nuestro, tienen importantes restricciones que precisamente empiezan por la limitación de los recursos. Esto no se comprende a pesar de ser reiteradamente señalado. Milka Casanegra de Jantscher y Richard M. Bird, en un trabajo sobre “La Reforma de la Administración Tributaria”, dicen: “A pesar del elevado beneficio potencial en términos de incremento en las recaudaciones, para la Administración Tributaria casi siempre es difícil, por no decir imposible, obtener más personal, pagar más sueldos que atraigan (y retengan) a los funcionarios altamente calificados e, incluso, cubrir necesidades materiales básicas como ...

Pacto y participación en la determinación de las políticas tributarias

Por Víctor L. Rodríguez. Una política de educación no se pacta, es una función del gobierno definirla dándole plena garantía y vigencia a la libertad de pensamiento, a nuestros valores y nuestra identidad e idiosincrasia como nación.  La educación, y menos la educación pública, no debe servir para imponer las ideas sobre la sociedad de una clase o para que grupos configuren a través de imposiciones ideológicas un modelo único de pensamiento de acuerdo con sus intereses y al margen de la noción de cohesión social.  Se elige un gobierno para algo, y cuando me refiero al gobierno no hablo sólo del Poder Ejecutivo, lo único que en este país se considera gobierno bajo el argumento faraónico del presidencialismo. Un gobierno no está para delegar sus funciones, eso está escrito en la Constitución de la República. El mismo hecho de la elección democrática de un gobierno le da legitimidad para actuar en el campo de la determinación de las políticas económicas, eso también lo ...