V íctor L. Rodríguez Cada mes de septiembre el ministerio de Hacienda publica una estimación de los gastos tributarios para el presupuesto general del estado del año siguiente, para tales fine se denomina gasto tributario « al monto de ingresos que el fisco deja de percibir al otorgar un tratamiento impositivo preferencial que se aparta del definido en el sistema tributario de referencia, con el objetivo de beneficiar a determinadas actividades, sectores, zonas o contribuyentes. El gasto tributario se hace efectivo regularmente a través de exenciones, deducciones, créditos o pagos diferidos. » . La estimación de gasto tributario se fundamenta legalmente en el literal g), del artículo 36, de la ley orgánica de presupuesto No.423-06, que dispone: « g) Información sobre el monto de las exenciones tributarias otorgadas que afectarán la recaudación del ejercicio presupuestario; ». No hay definición o no se establece a que se refiere dicho literal cuando se dice de « las exencione...
"Los ideólogos de la imposición pueden dividirse en tres grupos: aquellos que creen porque les interesa creer, quienes creen porque se les paga para ello y quienes lo hacen porque concuerda con sus principios creer." Louis Eisenstein