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Mostrando las entradas de mayo, 2016

Pensando la reforma tributaria

Víctor L. Rodríguez En el futuro inmediato uno de los pasos del gobierno será la realización de una reforma tributaria, lo que se hará dentro de un “Pacto Fiscal”. En este pacto parece que la representación de los más estará a cargo de los menos y muchos no estarán representados para hacer que sus cargas tributarias las soporten otros o para aliviarse de las mismas.  Se espera que el gobierno represente a los ausentes, pero eso pocas veces ocurre. El profesor Federico Herschel decía que la profundidad y significación de una reforma fiscal dependía fundamentalmente del sentido que se le asigne.  La definición más socorrida de reforma fiscal considera que esta se da cuando hay una renovación suficientemente profunda de la legislación a los fines de eliminar los defectos generales de los impuestos en vigor, pero una reforma fiscal es más que eso. Si tomamos la definición de reforma tributaria señalada, que se atribuye a Maurice Lauré, el principal entre los creadores ...

Los aspectos formales y materiales del principio de legalidad y la aplicación de las tasas.

Víctor L. Rodríguez  Los principios tributarios persiguen entre diferentes propósitos proteger a las personas del poder de imponer cargas económicas sin límites. Estos principios se han hecho inherentes a las constituciones que surgieron del constitucionalismo decimonónico, pero tienen sus orígenes tiempos atrás en la historia. El principio de legalidad estaba en la Carta Magna otorgada a Juan Sin Tierra en el 1215, en Inglaterra. Pero los que tienen dudas sobre la existencia del principio de legalidad en tiempos tan remotos como 1215, no pueden dudarlo cuando se señala que este principio se establecía en el Estatuto de Eduardo I, en la petición de derecho de 1628, donde se indicaba que el rey no podía establecer tributos sin el consentimiento del parlamento. En el 1688, en Inglaterra se establecía la ilegalidad de los impuestos dispuestos por el rey sin aprobación del parlamento.  En Francia el principio de legalidad se estableció por primera vez en el 1314, cuando l...

Cambios en el régimen tributario deben empezar por estudios que los ciudadanos deben conocer

Víctor L. Rodríguez Después de las elecciones habrá un pacto fiscal. En un asunto como los tributos que es determinante para la existencia de la democracia habrá dos o más partes que se sentarán a definir como se dispone del dinero de los demás. En las reuniones para un pacto fiscal se establecerán impuestos para los otros sin representación en el mismo. Esa ha sido la singularidad principal de todas las discusiones sobre las reformas tributarias, regularmente se reúnen dos partes, gobierno y empresarios, y estas deciden los impuestos que pagaran los demás. Las preferencias de los ciudadanos por determinados tipos de tributos deberían manifestarse a través del régimen político, y el foro de discusión de esos temas debería ser el Congreso Nacional, donde se supone que están representados los ciudadanos, cada uno con sus intereses y donde hay hasta vistas públicas, pero la disfuncionabilidad del sistema político dominicano y de la democracia, cuya construcción parece eterna, hace ...